Las personas que basan su solicitud amparada en la Resolución V-001/2014 Artículo 8 el inciso c) que establece que los convivientes del propietario fallecido, aportan:
" Sello timbrado por valor de $10.00
" Escrito de solicitud con todas las generales (Nombre y apellidos, natural de, ocupación laboral, estado civil, edad, Nro. Carné de Identidad)", o documento que acredite la representación legal, según el caso.
" Documento legal del inmueble.
" Dictamen Técnico de descripción y tasación emitido por la DMPF (Dirección Municipal de la Planificación Física) que refleje la descripción actual y estado técnico-constructivo, (si el título no está actualizado).
" Certificado de Defunción del propietario, si basa su solicitud en la no existencia de herederos;
" Declaratoria de herederos y renuncia de estos, en su caso;
" Certificaciones que acrediten el estado civil;
" Las pruebas que acrediten la ocupación de la vivienda durante cinco (5) años con antelación al fallecimiento del propietario.