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Actualización de títulos de propiedad u ordenamiento.

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1. Las personas interesadas en actualizar sus títulos, amparadas en los incisos a) y b) no requieren Resolución de las Direcciones Municipales de la Vivienda. El Dictamen Técnico que emite la Dirección Municipal de Planificación Física, constituye el documento válido a los efectos de la actualización notarial correspondiente.
2. El Dictamen Técnico de la Dirección Municipal de Planificación Física incluye la descripción y tasación de las acciones realizada, descripción actual y estado técnico- constructivo, según proceda.
3. Si la solicitud consiste solamente en la actualización del título de propiedad en cuanto al precio legal de la vivienda, la certificación emitida por el Departamento de Control del Fondo de la Dirección Municipal de la Vivienda, tiene eficacia a los efectos de la actuación notarial correspondiente.
Los directores de las Direcciones Municipales de la Vivienda son competentes para emitir las resoluciones sobre la actualización de los títulos de propiedad amparados en el inciso c) de artículo 1.
Los interesados presentan los documentos siguientes:
• Escrito de solicitud con todas sus generales.
• Documento acreditativo de la titularidad.
• Certifico de Planificación Física que acredita que no hay objeción para la actualización del título.
• Dictamen Técnico emitido por la Dirección Municipal de Planificación Física.
• Sello del timbre por valor de $10.00 CUP.

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