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Declaración de ocupante Ilegal. Ley General de la Vivienda Art. 115

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Artículo 115 Ley General de la Vivienda Declaración de ocupante Ilegal.

"Puede ser promovido por el títular del inmueble o a través de una denuncia.

"   Se radica de Oficio por esta Administración.

"   Escrito de solicitud con (original y cuantas copias sean necesarias según el número de personas demandadas) con todas las generales (Nombre y apellidos, natural de, ocupación laboral, estado civil, edad, Nro. Carné de Identidad del demandado), o documento que acredite la representación legal, según el caso.

"   Documento legal del inmueble (si procede)

"   Constancia de cualquier otra prueba documental que facilite esclarecer dicha ocupación ilegal o conflicto, según el caso.

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