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Jueves, 16 Mayo 2019 19:52

Derechos

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a)   Participar con voz y voto en las sesiones de la Asamblea Nacional y en las reuniones de las Comisiones de que formen parte.

b)   Asistir con voz  pero sin voto a las reuniones de las Comisiones de que no formen parte.

c)   Solicitar y obtener de los órganos y organismos estatales, así como de empresas y entidades, en los diferentes niveles la información que resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones. Cuando se trate de información clasificada como Secreto Estatal, deberá hacerse de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, por conducto del Presidente de la Asamblea Nacional.

d)   Ejercer la iniciativa legislativa.

e)   Solicitar de la Asamblea Nacional  se manifieste acerca de la constitucionalidad de un decreto-ley, decreto u otra disposición general.

f)    Hacer preguntas al Consejo de Estado, al Consejo de Ministros y a los miembros de uno u otro órgano y a que éstas les sean respondidas en el curso de la misma sesión o en la próxima.

g)   Ser recibido para tratar asuntos relacionados con el ejercicio de su función por los funcionarios de organismos de la Administración Central del Estado, los órganos locales del Poder Popular y los subordinados a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado.

h)   Recabar la actuación de la autoridad facultada ante cualquier transgresión de la ley de que conozcan y a recibir respuesta sobre ello.

i)    Recibir  de los órganos locales del Poder Popular y de las oficinas auxiliares de la Asamblea Nacional apoyo y facilidades a su alcance que contribuyan al mejor cumplimiento de sus obligaciones.

j)    Asistir con voz pero sin voto a las sesiones de las asambleas provinciales y municipales del Poder Popular.

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